Desafíos reglamentarios de la tripulación para los buques eólicos marinos

Jonathan K. Waldron23 julio 2019
Foto: © halberg / Adobe Stock
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Cada día vemos más y más noticias sobre cómo la planificación de nuevos proyectos eólicos marinos continúa ampliándose con la creciente inversión de los intereses nacionales y extranjeros en estos proyectos. Esto da lugar a que tanto los desarrolladores como los contratistas hagan planes de logística para asegurar los buques y la tripulación con el fin de satisfacer las demandas necesarias para tripular y operar buques en apoyo de las operaciones futuras del parque eólico.

Desafortunadamente, existen desafíos asociados con la evolución del régimen regulatorio federal que se está desarrollando con esta industria naciente que enfrentan los propietarios y operadores de buques de bandera extranjera y estadounidense relacionados con la tripulación de dichos buques. A pesar del apoyo de la agencia federal universal para los parques eólicos marinos, debido a las diversas formas en que los organismos federales aplican las leyes de tripulación y la Ley de Tierras de la Plataforma Continental Externa (OCSLA) a los parques eólicos marinos, esto se traduce en un régimen diferente en muchos aspectos en comparación con cómo se han aplicado estas leyes a lo largo de los años a proyectos de petróleo y gas en la plataforma continental exterior (OCS). Lo siguiente es una discusión de estos desafíos.

Con respecto a los buques de bandera extranjera, como regla general, en virtud de OCSLA, los buques que participan en "actividades de OCS" deben utilizar a ciudadanos estadounidenses para tripular dichos buques. Sin embargo, hay un procedimiento de exención disponible bajo OCSLA que permite a los buques de bandera extranjera que tienen más del 50% de propiedad extranjera o están controlados por ciudadanos extranjeros para participar en actividades de OCS de EE. UU. Utilizando miembros de tripulación extranjeros. Se requiere una solicitud formal a la Guardia Costera para obtener dicha exención. Tras la aprobación de la exención, los miembros de la tripulación de ciudadanos extranjeros podrán obtener una visa B-1 (OCS) de una embajada de los EE. UU. Para poder salir del barco en los Estados Unidos o viajar a los Estados Unidos para reunirse un recipiente Los miembros de la tripulación no pueden obtener la visa B-1 (OCS) hasta que se emita la carta de exención de la Guardia Costera.

Desafortunadamente, la Guardia Costera no otorgará una exención de tripulación de OCS a un barco de bandera extranjera que participa en operaciones de parques eólicos marinos porque ha determinado que las restricciones de tripulación de OCSLA solo se aplican al empleo de personal en unidades dedicadas a una "actividad de OCS" en los EE.UU. OCS. La Guardia Costera define este término como "cualquier actividad en alta mar asociada con la exploración, el desarrollo o la producción de los minerales de la OCS". La definición de "minerales" ha sido interpretada por la Guardia Costera de los EE. UU. viento.

Sin embargo, un análisis de la autoridad legal revela que la interpretación de la Guardia Costera es incorrecta. Ni el requisito de personal ciudadano estadounidense ni el procedimiento de exención para este requisito limitan su mandato a las actividades mineras. De hecho, la autorización específica que otorga a BOEM la autoridad para aprobar el desarrollo y la construcción de un proyecto de energía eólica en el OCS, se autoriza de conformidad con una enmienda de 2005 a OCSLA, para ampliar específicamente esta autoridad más allá de la producción de petróleo y gas en el OCS. . De manera similar, OCSLA también autoriza a la Guardia Costera a regular la salud y seguridad de los trabajadores y las instalaciones en alta mar sin distinguir entre proyectos que producen minerales u otra energía. Sin embargo, entendemos que la Guardia Costera toma la posición de que no tiene la autoridad para regular un parque eólico marino bajo esta disposición porque no es una actividad relacionada con los minerales del fondo marino.

En consecuencia, una embarcación que realiza operaciones eólicas en el OCS no está sujeta a las restricciones de tripulación de OCSLA y puede emplear a ciudadanos extranjeros sin obtener una exención de tripulación de la Guardia Costera. El problema con este resultado es que el miembro de la tripulación extranjera no puede obtener un B-1 (OCS) que tiene un período de permanencia máxima de seis meses. Uno pensaría que la siguiente opción más lógica dada la posición de la Guardia Costera sería una D-Visa. Sin embargo, esta opción de visa crea un dilema porque los miembros de la tripulación que realizan trabajos relacionados con un parque eólico en dicho barco deben salir de los Estados Unidos dentro de los (29) días, lo que no es el tiempo suficiente para completar un proyecto de parque eólico típico en alta mar.

De hecho, este problema se agrava aún más cuando una persona solicita una visa en una embajada de los EE. UU. Para trabajos de parques eólicos marinos en el OCS.

Las embajadas esperan que una persona que solicita una visa para un trabajo de OCS posea una carta de exención de tripulación de la Guardia Costera y, como resultado, algunas embajadas se niegan a emitir una visa B-1 al solicitante. Como resultado, la interpretación de la Guardia Costera está causando confusión con respecto a la necesidad de que los miembros de la tripulación obtengan una visa B (sin una anotación de OCS) para ser emitida por una embajada de los Estados Unidos. Creemos que una visa tipo B es la visa adecuada para emitir en estas circunstancias, lo que le brindaría a los miembros de la tripulación el tiempo necesario para completar un proyecto de parque eólico en los EE. UU.

Este desarrollo también está causando confusión con respecto a cómo los funcionarios de Aduanas y Protección de Fronteras de los EE. UU. (CBP, por sus siglas en inglés) toman decisiones de ingreso a los Estados Unidos cuando un miembro de la tripulación recibe una visa y llega a un aeropuerto o en un proyecto de parque eólico en el OCS. El representante del director de puerto de CBP local está confundido porque normalmente están acostumbrados a ver a un miembro de la tripulación llegar con una visa B-1 (OCS) para trabajos relacionados con la energía en el OCS. En consecuencia, esto también genera incertidumbre sobre la forma en que los funcionarios locales de la CBP interpretarán las reglas de la visa.

Afortunadamente, como resultado de estos desarrollos, entendemos que las discusiones con funcionarios relevantes de la Guardia Costera, el CBP y el Departamento de Estado en Washington DC han tenido lugar recientemente, lo que se traducirá en nuevos enfoques y coordinación de la agencia sobre la política adecuada para la emisión de B-1 Visas para tripulantes que trabajarán en proyectos eólicos marinos en la OCS de EE. UU.

Con respecto a los buques con bandera estadounidense, salvo algunas excepciones, los oficiales y la tripulación de marineros sin licencia a bordo de un buque con bandera estadounidense deben ser ciudadanos estadounidenses. No ha sido infrecuente en el pasado que las compañías envíen personas a bordo de un buque con bandera estadounidense para realizar operaciones especiales que los ciudadanos estadounidenses no pueden realizar. Sin embargo, el Servicio de Guardacostas interpreta el término "marinero" en términos generales como cualquier persona involucrada o empleada en el negocio de un barco o una persona cuyos esfuerzos contribuyan a cumplir con el negocio del barco, ya sea que esa persona esté involucrada en la operación del barco. En consecuencia, los individuos que reciben una compensación por el desempeño de sus trabajos mientras el barco está en marcha se consideran marineros con el propósito de aplicar los requisitos de ciudadanía. Sin embargo, la Guardia Costera no considera a una persona que visita brevemente el barco en calidad de consultora, o al personal de tierra que sube a bordo de los barcos cuando no están en camino para cargar o descargar carga, o para realizar servicios como el mantenimiento del equipo a bordo. , ser un miembro de la tripulación. En resumen, en opinión de la Guardia Costera, solo un ciudadano extranjero que se ajuste a la descripción de un "consultor" puede realizar servicios a bordo de un buque con bandera estadounidense.

También hay un nuevo problema con respecto a quién debe poseer una Credencial de Marinero Mercante ("MMC") cuando se emplea a bordo de un buque con bandera estadounidense. En general, las personas que sirven a bordo de embarcaciones de al menos 100 GT deben tener un MMC, con ciertas excepciones. En resumen, conforme a la ley, a menos que se exceptúe lo contrario, se otorga una MMC a los marineros calificados y se requiere para cualquier persona “comprometida o empleada” a bordo de un barco de 100 GT o más. El término “comprometido o empleado” es muy amplio.

Ciertamente, la tripulación de navegación y marina de un buque debe tener y posee MMD. Sin embargo, normalmente, el resto del personal que sirve a bordo de un buque no necesariamente posee un MMD. Este es particularmente el caso con respecto a muchas operaciones que tienen lugar en alta mar relacionadas con el desarrollo de energía en el OCS. Muchos empleados de tipo industrial actualmente no poseen MMC.

A pesar del hecho de que esta ley ha estado en el libro durante décadas, parece que la Guardia Costera está tomando una postura más agresiva y ha habido algunos incidentes recientemente en los que la Guardia Costera ha comenzado a hacer cumplir este requisito. En consecuencia, a falta de un cambio en la ley, podrían surgir más circunstancias en las que los propietarios u operadores de embarcaciones no puedan operar sus embarcaciones con bandera de los EE. UU. A menos que todas las personas empleadas o contratadas en la embarcación posean un MMC.

En conclusión, los propietarios y operadores de embarcaciones que participan en operaciones de parques eólicos marinos deben conocer estos desarrollos y las diversas agencias deberán coordinar sus interpretaciones de las leyes relacionadas con la marina que rigen la tripulación de embarcaciones para garantizar que las interpretaciones en conflicto no impidan el desarrollo de esta Prometiendo nueva industria eólica marina.

Sobre el Autor

Jonathan K. Waldron es socio en la oficina de Blank Rome en Washington, DC, que concentra su práctica en derecho marítimo, internacional y ambiental, incluida la seguridad marítima. Sirvió en la Guardia Costera de los EE. UU. Durante 20 años, alcanzando el rango de comandante, y fue abogado senior de Marine Spill Response Corporation.


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